La ley no prohíbe el precontrato, pero el acuerdo de Ancelotti con la Real tiene restricción.

Por Danilo Lavieri, UOL.

La CBF se apoya en un acuerdo verbal que tiene con Carlo Ancelotti para entrenar a la selección brasileña a partir de mediados del próximo año. Pero, al fin y al cabo, ¿por qué no firmar inmediatamente un precontrato con el italiano para garantizar el vínculo si la ley permitiría este tipo de acuerdos para un entrenador?

Mucha gente confunde la explicación de esta restricción al comparar su situación con la de un jugador, que solo puede firmar contrato con otro equipo seis meses antes de que finalice su actual contrato. Esto no existe para el puesto de entrenador.

El tema es que, en el caso concreto de Ancelotti con el Real Madrid, hay una cláusula sobre la posibilidad de renovar el vínculo y una restricción para fichar por un nuevo equipo sin avisar previamente al club español. Por eso el plan del comandante es entregar una notificación de que no renovará con los merengues en diciembre de este año.

Este tipo de particularidad en un acuerdo es posible y no elude la ley. Eso explica Victor Eleuterio, socio de Bichara e Motta Advogados y miembro de la Academia Nacional de Derecho Deportivo.

“Ni siquiera se trata de hablar de un contrato extraoficial, ya que no hay interés en ocultar nada. Este caso sería un precontrato a partir de julio de 2024. Un contrato de club y selección podría incluso superponerse, en mi opinión. Lo que puede pasar es que en el contrato entre entrenador y equipo hay una cláusula específica que veta esta situación. Si no fuera así, se podría firmar un precontrato y sería recomendable, pero no obligatorio, comunicarse con el equipo actual", explicó Eleuterio.

"No existe el mismo problema para los entrenadores que para los atletas, donde hay que esperar seis meses a que finalice el contrato para poder firmar un nuevo contrato", agregó.

Eduardo Carlezzo, otro especialista en derecho deportivo, completa el razonamiento y añade que la restricción impuesta por el Real Madrid está plenamente dentro de la legalidad.

"Recientemente, la FIFA agregó al Reglamento de transferencias un capítulo que establece reglas sobre las relaciones laborales entre entrenadores y clubes o federaciones. Antes de eso, no había nada que estandarizara el asunto. Hoy, hay reglas que establecen los elementos básicos de un contrato y las consecuencias de rescisión sin justa causa, por ejemplo. Sin embargo, dentro de estas nuevas reglas no se reprodujo el texto del artículo 18.3, que es el que permite a un deportista firmar libremente un nuevo contrato con otro club en el plazo de los últimos seis meses de su actual contrato, a partir de la finalización de éste", explicó.

“Por lo tanto, dado que esta excepción no se hizo para los entrenadores, la firma de un nuevo contrato con otro empleador, con efectos a partir de la finalización del contrato actual, dependería del acuerdo del empleador actual”, agregó.


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